En el BOE de hoy 24-12-2009, se ha publicado los prespuestos del Estado para el año 2009, el aumento de retribuciones para el personal es del 0’3%. Un autentico regalo de Navidad.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 309 Jueves 24 de diciembre de 2009 Sec. I. Pág. 108844:
«El personal incluido en el ámbito de aplicación del Real Decreto-Ley 3/1987, de 11 de septiembre, sobre retribuciones del personal estatutario del Instituto Nacional de la Salud, percibirá las retribuciones básicas y el complemento de destino, en las cuantías señaladas para dichos conceptos retributivos en el artículo 28.Uno.A), B) y C) de esta Ley, sin perjuicio de lo establecido en la disposición transitoria segunda, dos, de dicho Real Decreto-Ley y de que la cuantía anual del complemento de destino, fijado en la letra C) del citado artículo 28.Uno se satisfaga en catorce mensualidades.
A los efectos de la aplicación, para el citado personal estatutario, de lo dispuesto en el artículo 28.Uno.B) de la presente Ley, la cuantía del complemento de destino correspondiente a cada una de las pagas extraordinarias se hará efectiva también en catorce mensualidades, calculándose dicha cuantía en una doceava parte de los correspondientes importes por niveles señalados en el artículo 28.Uno.C).
El importe de las retribuciones correspondientes a los complementos específico y de atención continuada que, en su caso, estén fijados al referido personal, experimentarán un incremento del 0,3 por ciento respecto al aprobado para el ejercicio de 2009, sin perjuicio, en su caso, de lo previsto en el artículo 24.Uno.a) de esta Ley.
La cuantía individual del complemento de productividad se determinará conforme a los criterios señalados en el artículo 2.tres.c) y disposición transitoria tercera del Real Decreto-Ley 3/1987, y en las demás normas dictadas en su desarrollo.
Por otra parte, al personal al que se refiere este mismo apartado le será de aplicación lo previsto en la letra d) del artículo 24.Uno de la presente Ley».
Por otra parte, es de destacar la elevación de los tipos impositivos general y reducido del IVA, que pasan del 16 y 7 por ciento al 18 y 8 por ciento, respectivamente
. O sea, que perdemos poder adquisitivo: nos suben el 0’3 el sueldo y el IVA el 2%, con lo que, a groso modo, perdemos 1,7% de poder adquisitivo, puesto que el IVA lo grava absolutamente casi todo al tipo general, pasa del 16 al 18%.
La subida se aplicará a partir de junio.