En el BOIB del día 25-5-2010 se ha publicado la resolución del Director General del IB-SALUT por la cual dicta instrucciones para calcular los indices de dispersión geográfica (factor G) de los Equipos de Atención Primaria.
A pesar de mostrar nuestra oposición en la Mesa Sectorial de Sanidad el IB-SALUT ha dictado la anterior resolución para modificar la manera de calcular los factores G. El cambio consiste en que se tomaran en consideración los nucleos de población que señale el Instituto Nacional de Estadistica en lugar de los Ayuntamientos. La maniobra pretende eludir la doctrina que las sentencias que hemos obtenido se siga aplicando. Los Juzgados han sentenciado que deben tomarse en consideración los nucleos de más de 100 habitantes que certifique cada Ayuntamiento, que es quien tiene los datos más actualizados en cada momento, ya que el INE se nutre de esos mismos datos pero con mayor retraso y en base a los propios datos suministrados por los ayuntamientos.
El IB-SALUT ha pretendido recortar siempre este concepto retributivo, primero modificó la fórmula y establecio que «nucleos de más de 100 habitantes» debía entenderse como «nucleo de más de 100 habitantes con dispositivos asistencial», lo que los reducía a la mínima expresión. El Juzgado primero y el Tribunal Superior anuló sin titubeos esta modificación.
Vamos a analizar detenidamente este nuevo «tijeretazo» para ver si puede recurrirse ante los juzgados.
Para ver la resolución:
http://boib.caib.es/pdf/2010077/mp94.pdf