HOSPITAL de INCA .CONCENTRACION de FACULTATIVOS,RECOGIDA FIRMAS Y PERSONACION EN JUZGADO

Por orden de fecha 9 de enero, la D.Gral del IbSalut ,a traves de la Direccion Medica ,comunica por escrito a los facultativos de los servicios de Traumatologia y Cirugia ,la suspension definitiva de las guardias localizadas en ambos servicios ,comunicando a los medicos que cumplan la guardia de presencia fisica un peculiar y sui-generis protocolo de atencion urgente al paciente quirurgico ,que consiste en derivar al Hospital de Son Espases previa estabilizacion del paciente grave toda la patologia susceptible de ser tratada en quirofano informando al especialista receptor de la derivacion

De facto esta instruccion lo que esta es AMBULATORIZANDO el Hospital de Inca ,dado que cualquier dia laborable desde las 15 h. hasta las 8 del dia siguiente ,sabados y festivos ningun enfermo que precise atencion quirurgica sea de Trauma o Cirugia puede ser intervenido en el citado comarcal

Recordamos que los servicios de localizacion estaban fijados en el HCIN por cuanto se debian considerar imprescindibles para la perfecta integracion asistencial de las ucias del citado hospital (BOE 10-12-1977)

Sin que haya cambiado ninguna circunstancia en el HCIN por la que ahora pudieran considerarse prescindibles las guardias localizadas ,salvo razones meta-asistenciales ,como las economicas ,a partir de la primera semana de enero se han suspendido prescindiendo del procedimiento reglamentario (no se ha recabdo el preceptivo informe a la JUNTA TECNICO ASISTENCIAL )establecido en el art30.1de real decreto 521/1987(BOE 16-4-1987)

Dicha medida que implica el traslado en ambulancia a otro centro puede ser susceptible de implicar graves perjuicios para el paciente ,incluso su exitus .

En su consecuencia , SIMEBAL ,ha comunicado esta mañana al Juzgado de Inca ,una notificacion refrendada por mas de cincuenta facultativos que la responsabilidad en la que se pudiera incurrir por lo expuesto ,podra exigirse a los cargos directivos (Gerente y Director Medico )encargados reglamentariamente de organizar y establecer la modalidad de guardias necesaria para la debida asistencia a urgencias durante el periodo de la guardia