Integración médicos APD: sentencia del Constitucional

INTEGRACIÓN MEDICOS APD: EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL SENTENCIA QUE SE INVADIERON COMPETENCIAS AUTONÓMICAS, COMO YA DENUNCIÓ EN SU DÍA SIMEBAL

El Tribunal Constitucional ha dictado sentencia (ver BOE 12-12-2016) declarando que el Estado invadió competencias autonómicas al establecer mediante Real Decreto-Ley que los médicos APD que no optaran por integrarse debían ser destinados a “órganos administrativos que no pertenezcan a Instituciones Sanitarias”. El Tribunal declara la nulidad de este apartado. Simebal ya advirtió en estas páginas dicha invasión de competencias:

Ver nota de SIMEBAL:

https://www.simebal.com/2013/11/29/medicos-de-cupo-integracion-postura-de-simebal/

Ver sentencia íntegra del Tribunal Constitucional:

https://www.boe.es/boe/dias/2016/12/12/pdfs/BOE-A-2016-11816.pdf

En conclusión: la sentencia solo significa que aquellos APD que no optaron por estatutarizarse no pueden ser destinados órganos administrativos fuera de las instituciones sanitarias. Situación surrealista  que por otra parte no se ha producido en Balears, ya que los APD que no se integraron como estatutarios siguieron en sus respectivos centros de salud, puesto que la Comunidad Autónoma no aplicó la norma estatal.