EL JUZGADO NOS DA LA RAZÓN: EL FACTOR «G» DEL CENTRO DE SALUD DE MARRATXÍ ES EL G3 Y NO EL G2.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Palma ha dictado sentencia firme en la que nos da íntegramente la razón, el Centro de Salud de Marratxí debe cobrar el complemento de productividad variable con el factor G3 de dispersión geográfica.

Aconsejamos a todos los médicos de Centros de Salud que comprueben el factor G que se les ha asignado, y realicen los cálculos pertinentes, teniendo en cuenta que deben computarse los «nucleos de población de más de 100 habitantes», aunque no tengan dispositivo asistencial y que no hay que confundirlos con las «entidades de población» a que se refieren las leyes censales, como hacía el IB-SALUT.
(JMR. Aª Jª)

Simebal
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