1- Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 3 de marzo de 2021 por la cual se aprueban las listas provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas en el concurso oposición para cubrir plazas vacantes de la categoría de facultativo/facultativa especialista de área de medicina intensiva y se designa a las personas que integran el Tribunal calificador
Número de registro 32314 – Páginas 8288-8292
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2- Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 3 de marzo de 2021 por la cual se aprueban las listas provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas en el concurso oposición para cubrir plazas vacantes de la categoría de facultativo/facultativa especialista de área de medicina del trabajo y se designa a las personas que integran el Tribunal calificador
Número de registro 32440 – Páginas 8293-8295
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3- Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 3 de marzo de 2021 por la cual se aprueban las listas provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas en el concurso oposición para cubrir plazas vacantes de la categoría de facultativo/facultativa especialista de área de geriatría y se designa a las personas que integran el Tribunal calificador
Número de registro 32452 – Páginas 8296-8298
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Interposición de recursos
Contra esta resolución —que agota la vía administrativa—puede interponerse un recurso de reposición ante el órgano que la dicta en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de la publicación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en relación con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También puede interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala Contenciosa-Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se considere procedente interponer.