El Govern Balear, mediante la expeditiva vía del decreto-ley, aprobó manu militari, incumpliendo la Ley que le obliga a informar previamente a los sindicatos, un decreto-ley, el 5/2012, que entró en vigor el mismo día de su publicación en el BOIB, el viernes 31-5-2012, por el que nuevamente se procede a requisar sin contemplaciones buena parte de nuestro salario y se nos despoja salvajemente de derechos, tildados por el decreto-ley de “ventajas” (jornada, permisos, productividad, prorroga de servicio activos, mejora de IT, etc.) a todos los médicos y facultativos estatutarios, especialmente grave es este ucase (“decreto injusto y tiránico”) en cuanto al complemento de carrera profesional, de donde se nos requisa el 32%, del ya rebajado al 70% complemento de carrera profesional (el 5% fue expoliado por el Gobierno estatal y el 25% fue incautado año tras año por el Govern autonómico desde el 2010 a través de la suspensión reiterada del Acuerdo de Carrera, cuya inaplicación por tercera vez vuelve a imponerse mediante este Decreto-ley, y ello sin contar con la no convocatoria de la fase ordinaria de carrera en la que todos habríamos podido progresar un nivel desde octubre de 2006.
Informaremos más ampliamente tras el análisis, sindical y jurídico, de este bando de requisas. El Comité Ejecutivo se reunirá de forma extraordinaria el lunes para debatir la estrategia de acciones frente a este nueva, enésima, expoliación de nuestros sueldos y derechos sociales. Entretanto, siguen incólumes los escandalosos privilegios y regalías que los empleados público-políticos se autoconceden impúdicamente.
Ved el texto íntegro del bando de requisa dictado por el Gobierno autonómico:
http://boib.caib.es/pdf/2012079/mp12.pdf
El Estatuto de Autonomía de Balears prevé en su artículo 49:
“Artículo 49. Decretos leyes.
1. En caso de extraordinaria y urgente necesidad, el Consejo de Gobierno podrá dictar medidas legislativas provisionales en forma de Decretos leyes que no podrán afectar a los derechos establecidos en este Estatuto, a las materias objeto de leyes de desarrollo básico del Estatuto de Autonomía, a los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma, a la reforma del Estatuto, al régimen electoral ni al ordenamiento de las instituciones básicas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.”
El Decreto-Ley publicado el viernes, tratando de justificar lo injustificable, arguye con desparpajo jurídico como motivación del mismo lo siguiente:
“De esta manera, se trata de reducir el gasto público, haciendo una especial incidencia en el gasto de personal, a través de la reducción de determinadas ventajas que los empleados públicos han obtenido en momentos históricos diferentes al actual y que ahora los separan del común de los trabajadores del sector privado, y en todo caso de los mínimos que establece el Estatuto Básico del Empleado Público, dado que se trata de un sacrificio solidario con el resto de la población activa del país.”
El insulto a la inteligencia es notorio: primero se agravia a los empleados públicos tildandolos de ventajistas -algo que sería apropiado si hablaramos de políticos- y después se nos exige un “sacrificio solidario“: oxímoron donde los haya, (¿les parecerán pocos los “sacrificios” padecidos hasta ahora?,¿les parecerá corta una jornada semanal de hasta 48 horas y más en muchos casos?) con el resto de la población activa, como si ésta se tratara de un todo homogeneo; si el Govern quiere le presentaremos una larga lista de “ventajas” existentes en el sector privado y en el sector de los politicos, quienes por cierto no se han autoexigido ningún sacrificio solidario en sus megaventajas, canonjías y sinecuras (autoconcedidas y no negociadas conforme al derecho constitucional de negociación colectiva), cuando precisamente deberían ser quienes predicaran con el ejemplo.
El Decreto-Ley publicado es un abuso de derecho, una desviación de poder puesto que no existen ni se justifican las extraordinarias razones de urgencia que permiten dictarlo, y además modifican los presupuestos de la CAIB.
El Estatuto Básico del Empleado Público dispone que:
“Se garantiza el cumplimiento de los Pactos y Acuerdos, salvo cuando excepcionalmente y por causa grave de interés público derivada de una alteración sustancial de las circunstancias económicas, los órganos de gobierno de las Administraciones Públicas suspendan o modifiquen el cumplimiento de Pactos y Acuerdos ya firmados, en la medida estrictamente necesaria para salvaguardar el interés público.
En este supuesto, las Administraciones Públicas deberán informar a las Organizaciones Sindicales de las causas de la suspensión o modificación”
Si por información a los sindicatos se entiende la publicación en el BOIB…!apaga y vámonos¡
Nada de lo aprobado en este Decreto-ley encaja en “alteración sustancial de las circunstancias económicas” ni ” en la medida estrictamente necesaria para salvaguardar el interés público”, sino en el simple ordeno y mando.