Estimado/a compañero/a:
Ante la convocatoria de huelga, y en relación con los profesionales que hayan sido designados para la cobertura de servicios mínimos, el Sindicato Médico traslada las siguientes recomendaciones para su correcta aplicación, garantizando tanto el ejercicio del derecho de huelga como la seguridad de los pacientes.
1. Obligatoriedad de los servicios mínimos
- Si has sido designado nominalmente para servicios mínimos, debes acudir a tu puesto y cumplir con la jornada asignada.
- La no cobertura de los servicios mínimos puede conllevar responsabilidades disciplinarias.
2. Qué actividad debe realizarse
El profesional designado debe limitar su actividad a la estrictamente necesaria para garantizar la atención esencial:
Debe atenderse:
- Urgencias y emergencias.
- Pacientes hospitalizados y su evolución clínica.
- Procesos cuyo retraso pueda suponer un riesgo para la salud o un empeoramiento clínico.
- Actividad no demorable (oncológica, diálisis, tratamientos críticos, etc.)
- Interconsultas urgentes o preferentes.
- Altas hospitalarias y actuaciones necesarias para la continuidad asistencial.
3. Qué actividad no debe realizarse
Con el fin de no desvirtuar el ejercicio del derecho de huelga, el personal en servicios mínimos no debe asumir actividad ordinaria o programable, salvo indicación clínica justificada y solicitada por escrito:
- Consultas ordinarias no prioritarias.
- Revisiones de patología estable.
- Cirugía electiva no preferente.
- Pruebas diagnósticas programadas no urgentes
- Actividad administrativa, docente o investigadora no esencial.
- Recuperación de agendas o actividad de compañeros en huelga.
Los servicios mínimos deben funcionar con actividad equivalente a un festivo, guardia o situación de atención esencial, no como una jornada ordinaria.
4. Organización y protección del profesional
- Realiza únicamente la actividad que corresponda a los servicios mínimos asignados.
- Si tienes dudas sobre alguna tarea que te soliciten realizar, pide siempre la orden por escrito y avisa a tu delegado sindical.
5. Principios generales
- El criterio clínico del facultativo prevalece para determinar la urgencia o no demorabilidad.
- El objetivo de los servicios mínimos es garantizar la seguridad del paciente sin neutralizar el efecto de la huelga.
- Los servicios mínimos deben ser proporcionados y ajustados a la resolución administrativa correspondiente.
DESCARGATE AQUÍ EL ACTA DE INCIDENCIA DE LA HUELGA
Para cualquier aclaración, duda o incidencia durante las jornadas de huelga, ponte en contacto con tu delegado sindical o con el Sindicato Médico a través de los canales habituales.
SIMEBAL-CESM, trabajamos por la defensa de nuestros derechos laborales.