ATENCIÓN: QUIÉN ESTÉ DE BAJA AHORA, TIENE TRES DÍAS TRAS EL PARTE DE CONFIRMACIÓN PARA SOLICITAR EL COMPLEMENTO DE INCAPACIDAD TEMPORAL.

En el BOIB de hoy, 26-01-2012, se publica la Instrucción 3/2012 de IB-SALUT que regula el complemento de I.T. en los caso excepcionados (procesos que requieren intervención quirúrgica u hospitalización, y procesos derivados de enfermedades oncológicas, psíquicas o neurológicas graves, cardiacas, sistémicas o las enfermedades infectocontagiosas que supongan un peligro para los pacientes y para el resto de personal, asi como las enfermedades nosocomiales TBC)», tras la suspensión del acuerdo de acción social por la Ley de Presupuestos de la CAIB.
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Mucha atención al PLAZO DE TRES DÍAS PARA SOLICITAR el complemento tras el primer parte de baja, o para los que están ahora de baja tras el siguiente parte de confirmación:
Para ver el texto:
http://boib.caib.es/pdf/2012012/mp36.pdf