La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Illes Balears ha revocado la sentencia dictada por el Juzgado de los Social y ha desestimado la demanda de Comisiones Obreras contra los demás sindicatos e IB-Salut por el Acuerdo de la Junta de Personal del Área Sanitaria de Mallorca, presidida por CEMSATSE, en el que no se le atribuía ningún delegado de prevención en el ámbito de la Atención Primaria de Mallorca y en el Hospital de Inca, también ha desestimado la pretensión de otro sindicato que se sumó a la pretensión de CC.OO. de tener un delegado en los hospitales de Son Espases e Inca.
La sentencia deja claramente sentado que todos los miembros del Comité de Empresa (son 13 miembros) del personal laboral de IB-Salut en Mallorca obtuvieron puesto por CEMSATSE, ya que ningún otro sindicato obtuvo delegado alguno en ese órgano de representación de los trabajadores y que, por lo tanto, el sindicato demandante y el que le apoyó en juicio no pueden exigir tener ningún delegado de prevención en esos ámbitos concretos.
Para ver la sentencia: