PROXIMA FINALIZACIÓN DEL PLAZO PARA DECLARAR FICHEROS EN SOPORTE PAPEL (POR EJEMPLO HISTORIAS CLINICAS) ANTE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN DE DATOS

PRÓXIMA FINALIZACIÓN DE PLAZOS PARA DECLARACIÓN DE FICHEROS DE DATOS NO AUTOMATIZADOS, PREEXISTENTES A LA LEY 15/1999.
Se recuerda que, conforme a la Disposición adicional primera de la Ley Orgánica 15/1 de protección de datos de carácter personal (BOE 14-12-1999), el día 24 de octubre de 2007 finalizará el plazo para comunicación de los ficheros privados no automatizados (por ejemplo: historias clínicas en papel) a la Agencia de Protección de Datos, así como para la adecuación de dichos ficheros a la propia Ley. A continuación reproducimos la citada disposición adicional primera:
«Disposición adicional primera. Ficheros preexistentes.
Los ficheros y tratamientos automatizados inscritos o no en el Registro General de Protección de Datos deberán adecuarse a la presente Ley Orgánica dentro del plazo de tres años, a contar desde su entrada en vigor. En dicho plazo, los ficheros de titularidad privada deberán ser comunicados a la Agencia de Protección de Datos y las Administraciones públicas, responsables de ficheros de titularidad pública, deberán aprobar la pertinente disposición de regulación del fichero o adaptar la existente.
En el supuesto de ficheros y tratamientos no automatizados, su adecuación a la presente Ley Orgánica, y la obligación prevista en el párrafo anterior deberán cumplimentarse en el plazo de doce años a contar desde el 24 de octubre de 1 sin perjuicio del ejercicio de los derechos de acceso, rectificación y cancelación por parte de los afectados. «