SIMEBAL RECURRE LAS INSTRUCCIONES DE NOMINAS DEL IB-SALUT DONDE SE APLICA EL RECORTAZO

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Hemos presentado ante el Juzgado un recurso contencioso-administrativo contra la resolución del Director General del IB-SALUT, que dictó instrucciones para la confección de nóminas del personal al servicio del Servei de Salut, en aplicación del Real Decreto-Ley 8/2010 y la Ley 6/2010, que rebajaron nuestras retribuciones.
El recurso se interpone con la finalidad de solicitar al Juzgado que plantee ante el Tribunal Constitucional la cuestión de inscontitucionalidad sobre ambas normas legales, ya que no podemos, procesalmente, recurrirlas directamente. Creemos que se ha violado el derecho constitucional a la negociación colectiva de los sindicatos o el de seguridad juridica e interdicción d ela irretroactividad reconocidos en la Constitución Esta cuestión se halla prevista en el artículo 163 de la Constitución: “Artículo 163. Cuestiones de inconstitucionalidad . Cuando un órgano judicial considere, en algún proceso, que una norma con rango de ley, aplicable al caso, de cuya validez dependa el fallo, pueda ser contraria a la Constitución, planteará la cuestión ante el Tribunal Constitucional en los supuestos, en la forma y con los efectos que establezca la ley, que en ningún caso serán suspensivos.”